Declaración de la renta: respuestas a las preguntas más frecuentes
Desde este martes, y hasta el dos de julio, los contribuyentes pueden descargarse de la página web de la Agencia Tributaria el borrador de la declaración del IRPF correspondiente a 2011
ABC.ES / MADRID
Día 11/04/2012 - 09.00h
ABC
Declaraciones del IRPF
COMENTARIOS
IMPRIMIR
COMPARTIR
Share on facebook63 Share on twitter23 Share on tuenti
Share on meneameShare on linkedin
Share on email
EN VÍDEO
Toda la actualidad de Economía
EN IMÁGENES
Toda la actualidad de Economía
Noticias relacionadas
Los contribuyentes que confirmen ya el borrador recibirán la devolución el jueves
La Agencia Tributaria espera 19 millones de declaraciones en la campaña de Renta 2011 pese a la «amnistía fiscal»
Desde este martes, y hasta el dos de julio, los contribuyentes pueden descargarse de la página web de la Agencia Tributaria el borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente a 2011. Para los que no hayan solicitado el borrador, Hacienda enviará el impreso a partir del 3 de mayo, fecha del inicio de la campaña de la declaración de la renta. Si el resultado del borrador arroja una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación no podrá realizarse más tarde del 27 de junio, salvo si se domicilia sólo el segundo pago. A continuación, ABC responde a las preguntas más frecuentes sobre la declaración de este año.
Gano menos de 22.000 euros al año, ¿tengo que hacer la declaración?
No, si existe un solo pagador. La declaración de la renta es obligatoria para todos aquellos contribuyentes que ingresen más de 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador. Esa cifra se rebaja a los 11.500 euros en caso de tener varios pagadores y si la suma de las aportaciones del segundo y terceros supera los 1.500 euros.
¿Debo declarar mi vivienda por el recuperado Impuesto del Patrimonio?
Sólo deberán hacerlo quienes tengan un patrimonio global de más de un millón de euros. También tendrán que hacerlo si el valor de su vivienda habitual supera los 300.000 euros y si la suma de sus ahorros, vehículos, acciones, joyas u otros bienes tiene un valor por encima de los 700.000 euros, cifra que varía en algunas comunidades autónomas.
¿Existe un límite de renta para deducir la compra de vivienda habitual?
Desaparece el límite de renta que existía para deducirse la compra de vivienda habitual. Quienes hayan comprado, construido, ampliado o rehabilitado su vivienda habitual podrán deducirse anualmente hasta 9.040 euros.
¿Se me deducirá algo por hacer obras de mejora en mi casa?
Sí. El límite máximo de deducción anual por obras de mejora en la vivienda -habitual o no- por cada contribuyente es de 6.750 euros. El límite de renta anual para poder deducir por estas obras sube a los 71.007,20 euros.
¿Se deducirían las obras de acondicionamiento de la casa para una persona discapacitada?
La base máxima aumenta a 12.080 euros si la obra se ha hecho para adecuar el hogar a personas con discapacidad.
¿Puedo deducir por vivir de alquiler?
Sí, hasta un 10,05% de lo pagado al casero. Esta deducción sólo será aplicable si tu renta anual es inferior a 24.107 euros.
¿Y si soy yo el que alquila?
Podrás deducir hasta el 60% de lo ingresado. Si tus inquilinos tienen entre 18 y 30 años podrías deducir hasta el 100% de lo ingresado.
¿Se me deduciría algo por el nacimiento de un hijo?
No. Ya no existe el cheque bebé.
¿Qué más puedo hacer para desgravar?
Quienes durante el pasado año realizaran aportaciones a su plan de pensiones o dieran donativos a ciertas entidades (ONGs, fundaciones, partidos políticos...) podrán ahorrar hasta 2.700 euros en el IRPF de este año.
No hay comentarios:
Publicar un comentario